Gobierno Nacional Levanta el Estado de Conmoción Interior y Extiende Disposiciones Tributarias

Bogotá, 23 de abril de 2025 – La Presidencia de la República ha emitido el Decreto N°0467, levantando el Estado de Conmoción Interior declarado en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar. Esta medida, efectiva a partir de hoy, marca un importante paso hacia la normalización y estabilidad del país.

El Decreto N°0467 también extiende por noventa días la vigencia de varias disposiciones legislativas emitidas durante el Estado de Conmoción Interior. Estas disposiciones incluyen medidas en diversos sectores, tales como el agropecuario, el turismo, el transporte, el agua y saneamiento básico, y la protección de derechos humanos.

  1. Medidas Agropecuarias: El Decreto Legislativo 106 de 2025 garantiza medios de vida y producción de alimentos mediante financiamiento, crédito y alivio de pasivos para pequeños y medianos productores agropecuarios. Además, el Decreto Legislativo 107 de 2025 protege zonas agrícolas y cadenas productivas, asegurando el abastecimiento alimentario y la garantía del derecho humano a la alimentación.
  2. Protección de Tierras: El Decreto Legislativo 108 de 2025 adopta medidas para la protección de tierras y territorios rurales, previniendo la acumulación y acaparamiento en el sector agropecuario y garantizando la titularidad y tenencia de predios para las comunidades campesinas y étnicas.
  3. Sector Turismo: El Decreto Legislativo 117 de 2025 establece un descuento transitorio en el impuesto sobre la renta para operadores de hoteles que alojan a desplazados, apoyando la recuperación del sector turístico afectado por el conflicto.
  4. Control Operacional: El Decreto Legislativo 118 de 2025 designa un comandante militar para ejercer control operacional sobre las Fuerzas Militares y la Policía Nacional en la región del Catatumbo y áreas circundantes, con el fin de retomar el control del territorio y garantizar la seguridad.
  5. Transporte Público: El Decreto Legislativo 120 de 2025 autoriza la prestación de servicios de transporte público terrestre automotor de pasajeros sin sujeción a condiciones específicas sobre recorridos, frecuencias y horarios, contribuyendo a la seguridad de los usuarios y transportadores.
  6. Agua y Saneamiento Básico: El Decreto Legislativo 121 de 2025 otorga facultades al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para adelantar proyectos de agua potable y saneamiento básico, garantizando la continuidad en la prestación de estos servicios y la atención a la población desplazada.
  7. Protección de Derechos Humanos: El Decreto Legislativo 137 de 2025 adopta medidas extraordinarias de protección para personas, grupos y comunidades afectadas por graves violaciones a los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario.
  8. Sustitución de Cultivos Ilícitos: El Decreto Legislativo 180 de 2025 fomenta economías lícitas mediante estrategias de sustitución voluntaria de cultivos de uso ilícito, apoyando la transición productiva y la asistencia alimentaria.
  9. Bienestar Familiar: El Decreto Legislativo 433 de 2025 faculta al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para la creación de defensorías de familia en la región del Catatumbo, reforzando la protección y restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes.

Estas medidas buscan apoyar la recuperación económica y ofrecer alivio a sectores estratégicos, promoviendo un entorno más favorable para la inversión y el desarrollo.

Para conocer la información completa, visita el comunicado oficial del Gobierno donde está publicada la noticia: 

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